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La Municipalidad avanza con el ordenamiento del espacio público

Esta semana se notificó a quienes instalan juegos infantiles en plazas y parques sobre los requisitos para funcionar, establecidos en la Ordenanza N°13761.

La Municipalidad de Salta, a través del área de Espacios Públicos, notificó esta semana a los dueños de juegos infantiles que desarrollan esa actividad en plazas de la ciudad, sobre los requisitos para funcionar en la vía pública, establecidos en la Ordenanza N°13761.

De acuerdo con lo dispuesto en la normativa, para poder funcionar en espacios públicos, es necesario contar con la debida autorización municipal, que indica que la actividad solo estará permitida por dos horas.

La interventora de Espacios Públicos, Susana Pontussi, explicó que, para obtener el permiso habilitante, se debe iniciar un expediente en la Subsecretaría a cargo ubicada en Alvarado 735, debiendo cumplir con los requisitos que figuran en la Ordenanza.

En caso de no contar con la habilitación correspondiente, la Municipalidad aplicará multas dispuestas en la normativa.

Requisitos generales:

  • Preparar e instalar los juegos mencionados en el lugar en el que funcionarán, asegurándose de tener suficiente espacio;
  • Cada juego deberá exhibir la autorización respectiva, dando cuenta además de los datos de su responsable y el tipo de juego de que se trata, la capacidad máxima del mismo, edad recomendada para su uso y vigencia de la autorización;
  • Informar adecuadamente las condiciones de utilización de los juegos de que se trate, debiendo supervisar por sí o a través de un dependiente mayor de 18 años de edad, la correcta utilización de los juegos inflables de tipo tobogán que superen los dos metros de altura contados desde el descanso; bungee trampolín, orbotrón, toros mecánicos o similares;
  • En el caso de que el juego de que se trate, cuente con algún dispositivo eléctrico o mecánico, se deberán arbitrar los recaudos a fin de evitar la accesibilidad de los niños;
  • Contar con la correspondiente autorización si requiriere la utilización del espacio público, no pudiendo bajo ningún caso exceder esta de las dos horas; salvo autorización excepcional fundada

 

Requisitos especiales:

 Juegos Inflables:

  • No podrán ser armados con vientos de más de 35 Km./h;
  • Los toboganes de más de dos metros contados desde el descanso, deberán ser anclados, siempre que la superficie del terreno lo permita y supervisados por una persona mayor de 18 años;
  • La turbina deberá ser idónea para juegos inflables y tener una característica tal que impida ser alcanzada por la mano de alguna persona distraída;

 

Bungee trampolín:

  • Una persona mayor de 18 años deberá supervisar personalmente la correspondencia entre el peso del usuario y las cuerdas elásticas a emplearse, como así también la correcta colocación del arnés;

 

Orbotrón:

  • Una persona mayor de 18 años, deberá supervisar la correcta colocación de los sistemas de sujeción, debiendo controlar una permanencia no mayor a los cinco minutos, ni el ingreso al mismo de personas cardíacas;

 

Toros mecánicos o similares:

  • Asegurar la correcta colocación del colchón de alta densidad a fin de amortiguar los golpes;
  • Una persona mayor de 18 años deberá controlar el comando del juego mencionado, regulando la velocidad y potencia, en proporción a la edad y características especiales que presentaren sus usuarios;
  • Contar con un protector de cuello cervical para el usuario, de uso “OBLIGATORIO”

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