Logo Salta Municipal
Search
Close this search box.

Avanza la inscripción obligatoria del Registro Único de Administradores de Consorcios

La subsecretaria de Defensa del Consumidor se reunió con el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), para tratar la implementación de la Ord. Nº 14830. Actualmente existen más de 2000 edificios en la ciudad.

La Municipalidad de Salta avanza en la implementación e inscripción obligatoria de todos los administradores de consorcios de la ciudad, para el Registro Único de Administradores de Consorcios.

A tal fin, la subsecretaria de Defensa del Consumidor, Emilia Calmejane, se reunió con el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), Juan Carlos Coro, quien aportó su visión e inquietudes del sector, respecto a la implementación e inscripción.

El crecimiento de la ciudad con el desarrollo de edificios, llevó a que en la actualidad existan más de 2000, por lo que se debe poner en funcionamiento el registro que fue creado a través de la Ord. Nº 14830/14 para ordenar, organizar y aclarar las responsabilidad de los administradores y administrados.

“Actualmente el administrador de consorcios se encuentra afectado por el régimen de propiedad horizontal que tiene una relación de consumo con el consorcio de propietarios y con cada uno de sus integrantes, por lo que les resulta aplicable el marco normativo de la Ley 24240 y su ref.”, explicó al respecto la titular de Defensa del Consumidor, Emilia Calmejane..

Los administradores de consorcios deberán realizar el trámite de forma virtual mediante Salta Activa seleccionando – Defensa del consumidor- Registro de Administradores de Consorcios, o de forma presencial en el Centro Cívico Municipal del sector del área.

Para ello deberán completar los formularios de solicitud de inscripción, la Declaración Jurada, formulario de altas y bajas de consorcios que se administra y deben acreditar identidad, la inexistencia de incompatibilidades o inhabilidades para desempeñar su función, así como también su idoneidad, a través de cursos de capacitación brindados por entidades profesionales y universidades nacionales. En tanto, se debe adjuntar la constancia de curso de administrador de consorcios o actualizaciones si las poseen.

Cabe recordar que en marzo de este año se reglamentó la Ord. Nº 14830/14 que designó como autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor del municipio. “Ante el incumplimiento de la inscripción correspondiente que es obligatoria, la Subsecretaría podrá disponer sanciones y multas”, explicó Calmejane.

“Este registro tiene como objetivo profesionalizar la actividad y llevar transparencia de quienes son las personas habilitadas para el ejercicio de la administración de consorcios. Además, asesorar a los vecinos consorcistas y recibir denuncias por incumplimientos a las normas como documentación al día, transparencia de la liquidación de expensas e información para los consorcistas, arbitrando en estos casos las audiencias conciliatorias”, agregó la titular de Defensa del Consumidor.

Etiquetas