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Interiorizan a responsables de playas de estacionamiento sobre normativa para su actividad

Personal de Defensa del Consumidor realizó hoy un recorrido para informar cómo debe ser el funcionamiento en esos espacios, de acuerdo a las normas contenidas en la Ley Provincial N° 7464 y Resolución N° 2538/12 del Ministerio de Gobierno de la Provincia.

Esta mañana, personal de la Dirección General de Defensa del Consumidor, recorrió 20 playas de estacionamiento que funcionan en el micro y macrocentro de la ciudad.

Se trabajó en el cuadrante comprendido entre las calles San Martín, Entre Ríos, Islas Malvinas y Deán Funes.

En la oportunidad, se informó a los responsables de esos espacios que se debe dar cumplimiento a las normas contenidas en la Ley Provincial N° 7464 y Resolución N° 2538/12 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Salta.

Las disposiciones legales protectoras de los derechos de usuarios y consumidores, establecen que:

 

  • Todas las guarderías de vehículos y playas de estacionamiento existentes en el ámbito de la provincia, deben exhibir en lugar visible carteles indicadores de la tarifa

 

  • Es obligatorio contar con reloj tarjetero y pasada la primera hora de guardería el tiempo adicional se computará en fracciones de quince (15) minutos

 

  • Es obligatorio contar con seguro integral que otorgue cobertura suficiente respecto de los vehículos bajo su custodia

 

  • Colocar, en los lugares de acceso y pago, carteles visibles en donde se indique, además del precio que se factura por hora de servicio, el precio que – pasada la primera hora – se factura por cada fracción de quince (15) minutos.

 

  • Remover de los tickets y/o boletas y/o carteles las cláusulas que limiten la responsabilidad por daños (sea por robo, hurto, incendio, pérdidas de los vehículos o efectos dentro de los mismos) durante la guarda y custodia de los vehículos mientras dure la misma y abstenerse de incluir en tickets y/o carteles y/o boletas las mencionadas cláusulas