La Municipalidad de Salta pone en vigencia la exención impositiva 2024 para la Tasa de Publicidad y Propaganda; y la Tasa de Ocupación de Espacios del Dominio Público. Estos tributos alcanzan a la colocación de cartelería comercial y la ubicación de mesas y sillas en la vía pública. Esta medida reglamentada por la Ordenanza N° 06/2024, libera del pago de estos tributos específicamente a contribuyentes que se dedican a la actividad comercial.
Para acceder al beneficio de exención de la Tasa de Publicidad y Propaganda, el comerciante deberá tener la TISSH al día, Certificado de Libre Deuda del mismo y matrícula del cartel de su negocio. El beneficio solo se aplica a un cartel identificatorio.
En el caso de Tasa de Ocupación de Espacios del Dominio Público, deberá tener la TISSH al día, Certificado de Libre Deuda y el permiso para el uso de la vía pública otorgado por la Subsecretaría de Espacios Públicos.
El trámite se inicia descargando de la página de Rentas los formularios de exención. Hay que ingresar a https://rentas.dgrmsalta.gov.ar y seleccionar la opción Biblioteca Digital / Resoluciones. Desde allí el comerciante podrá descargar los formularios a completar, que luego deben ser presentados en Rentas Municipal, en 25 de Mayo 846. Esta medida está reglamentada por la Resolución N° 06/2024 de la Subsecretaría de Ingresos Públicos.
Es importante aclarar que estos beneficios no son excluyentes entre sí, es decir que los comerciantes podrán acceder a ellas en conjunto. Tampoco son excluyentes con otras exenciones municipales que ya tengan los interesados. El trámite finaliza con una resolución emitida por Rentas para grabar el beneficio y hacer efectivo el beneficio. Esta es una de las medidas que dispone la Municipalidad para acompañar a los comerciantes y gastronómicos, en este contexto de complejidad económica del país.